Las altas cifra de contagios por COVID-19 está provocando un ausentismo laboral en diversos sectores. En ese marco, la cartera de Salud estableció una serie de requisitos para indicar cuándo es oportuno que los empleados con diagnóstico positivo o contacto estrecho retornen a sus actividades.
La tercera ola de coronavirus está provocando ausentismo laboral en diversos sectores. Los empleados no asisten a sus respectivos puestos de trabajo ya sea por diagnóstico positivo o bien por ser contacto estrecho.
En ese marco, el Ministerio de Salud estipuló una serie de requisitos para establecer cuándo es oportuno que el personal retorne a sus actividades laborales, en caso de ser contactos estrechos, o que presenten síntomas de COVID-19.
Desde el organismo señalaron, a través de un comunicado: “Nos encontramos con una situación epidemiológica diferente a olas anteriores, y las medidas sanitarias deben adaptarse oportunamente, priorizando la salud con una mirada amplia teniendo en cuenta todos los aspectos: disponibilidad de insumos, recurso humano y mantenimiento de actividades esenciales”.
A su vez, especialistas de la salud señalan que lo primero que se debe tener en cuenta es si el paciente, en caso de ser positivo de COVID-19, tiene el esquema completo de vacunación, es decir, que cuente con la primera y segunda dosis más la de refuerzo, esta última aplicada luego de cuatro meses de la segunda.
En caso de cumplir con estos requisitos, el empleado debe aislarse por 7 días estrictos, más 3 días de cuidados especiales, los cuales son:
En tanto, aquellos trabajadores que no estén vacunados o tengan un esquema incompleto deben aislarse por diez días. Asimismo, se debe monitorear permanentemente el diagnóstico clínico de cada persona, porque no es lo mismo un cuadro leve, moderado o grave que necesita internación. En estos casos el aislamiento será de mayor cantidad de días hasta que el paciente se recupere de la enfermedad y reciba el alta.
Para los contactos estrechos asintomáticos de casos confirmados, estarán eximidos de la realización de aislamiento estricto, siempre y cuando:
Sin embargo, deberán mantener medidas preventivas y de cuidado especial de coronavirus por 10 días luego del último contacto con el caso positivo:
Por otra parte, deberán realizar cuarentena (aislamiento estricto) por 10 días desde el último contacto con el caso positivo, aquellos que:
En casos de contactos estrechos convivientes de un caso confirmado de COVID-19, para realizar una recomendación adecuada habría que definir si los mismos se separan en el domicilio del caso (aislamiento intra- domiciliario).
En caso de que esto no suceda, hay que tener en cuenta que el caso confirmado de coronavirus contagia hasta el 10° día de inicio de sus síntomas, por lo cual, en caso de indicarse cuarentena a los contactos (aislamiento estricto), será de 10 días adicionales a partir del alta epidemiológica del caso.
Del mismo modo, en aquellas situaciones en las que no se indica cuarentena pero se recomienden medidas de prevención y cuidado especial, deberán sostenerse las mismas durante todo el período de exposición con el caso e incluso por 10 días más posteriores al alta epidemiológica del mismo.