Veda electoral: cuáles son las prohibiciones que rigen a partir de hoy – GENTE Online
 

Veda electoral: cuáles son las prohibiciones que rigen a partir de hoy

La veda electoral comenzó a las 8 de la mañana del viernes 12 de noviembre y regirá hasta el domingo 14, una vez finalizada la elección. Aquellos que no cumplan con la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
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La veda electoral es un período que empieza 48 horas antes del inicio de las votaciones y termina tres horas luego del cierre de los comicios. Durante ese período se prohíben todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de los candidatos, funcionarios o comunicadores de medios, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

En las últimas horas, los principales candidatos cerraron sus campañas electorales. El Frente de Todos realizó un acto en la plaza principal de Merlo, con la presencia de Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kirchner, mientras que Juntos culminó su campaña en la ciudad de La Plata con la dirección de su principal candidato Diego Santilli.

La veda electoral comenzó a las 8 de la mañana de este viernes 12 de noviembre y se extenderá hasta el domingo a las 21, luego de que se celebren las Elecciones 2021. Según lo establecido por la ley, esta instancia es para que los electores puedan disponer de un tiempo para reflexionar sobre su voto “sin la influencia de la campaña política”.

Cuáles son las prohibiciones que rigen por la veda electoral

Según establece el artículo 71 del Código Electoral, las acciones que estarán restringidas hasta el domingo de la votación son:

- Las actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales

- La publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.

- La realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 del domingo.

La venta de bebidas alcohólicas desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

- La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

- La portación de banderas, distintivos o insignias partidarias.

Cuáles son las penas para quienes no cumplan la veda electoral

Todos aquellos que no cumplan con la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penalidades tienen distinto grado y tipo, y según la legislación, las personas que vendan bebidas alcohólicas pueden tener prisión de 15 días a 6 meses. Por otro lado, se les cobrará a los ciudadanos una multa de entre $10.000 y $100.000 si no respetan las cláusulas de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios o realizan actos de campaña fuera del plazo establecido.

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