Diputados aprobó la Ley de Etiquetado Frontal: cuáles son las claves de la promoción de la alimentación saludable – GENTE Online
 

Diputados aprobó la Ley de Etiquetado Frontal: cuáles son las claves de la promoción de la alimentación saludable

Con 200 a favor, 22 en contra y 16 abstenciones la Cámara Baja aprobó con amplia mayoría el proyecto de ley que busca advertir en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud.
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Tras un año desde que el proyecto recibió la media sanción de parte del Senado y varias horas de debate, finalmente la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la ley de Etiquetado Frontal. El proyecto tiene como objetivo advertir en los envoltorios de los alimentos procesados sobre el exceso de azúcar, sal y grasas, que pueden ser nocivos para la salud.

La medida contó con 200 votos a favor, 22 en contra y 16 abstenciones de Diputados. Hubo 18 legisladores ausentes al momento de la votación. El debate se dio en el marco del retorno de la presencialidad total, sin virtualidad, en las sesiones de la Cámara Baja.

Pasadas las 12 del medio día, la sesión comenzó con una maratón de temas que se tenían consensuados entre los partidos del Frente de Todos y Juntos por el Cambio. Entre largas horas de cruces, chicanas, gritos, y pedidos de tratamiento de leyes diferentes, a las cuatro de la tarde se dio inicio al debate por la ley de Etiquetado Frontal que se terminó extendiendo hasta las 23.30, tras la intervención de más de 70 diputados.

Claves de la Ley de Etiquetado Frontal

El consumo cada vez más alto de azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros, está detrás de los problemas de salud vinculados a "la malnutrición por exceso": sobrepeso, obesidad y enfermedades crónicas no transmisibles como la hipertensión arterial o la diabetes. 

En ese marco, el texto que se aprobó por amplia mayoría en Diputados, es la unificación de 15 iniciativas presentadas sobre el tema, que lleva la firma de senadores de distintos bloques. Las principales regulaciones que entraran en vigencia son:

  • "Todo alimento contenido en un envase, cualquiera sea su origen, envasado en ausencia del cliente, listo para ofrecerlo al consumidor” tendrá la obligación de llevar en la cara principal un sello negro de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso: azúcar, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Es decir, pueden llevar más de un sello.
  • Al igual que la ley de etiquetado que fue implementada en México, obliga también a advertir con un sello la presencia de edulcorantes y de cafeína, con la leyenda "no recomendable en niños/as". 
  • El sello, que tendrá una forma de octógono en color negro con borde y letras en color blanco, en mayúsculas, no debe ser inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase. No puede estar cubierto parcial ni totalmente por ningún otro elemento. En caso de que el envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados, la autoridad de aplicación debe determinar cómo se aplicará el sello de advertencia. 
  • Estarán exceptuados de la colocación del sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa. 
  • Establece la obligación de declarar el contenido de azúcares de los productos, algo que hoy no existe. 
  • Prohíbe también la inclusión de personajes infantiles, animaciones, promociones y regalos en los productos que tengan al menos un sello de advertencia.  
  • La medida prohíbe toda forma de publicidad y promoción destinada a niños y adolescentes de productos con sellos. Tampoco se pueden entregar a menores "muestras gratis" de productos con octógonos. 
  • Asimismo, determina que no se pueden ofrecer en entornos educativos de nivel inicial, primario y secundario alimentos y bebidas que contengan el sello negro. 
  • El Estado debe priorizar en sus licitaciones, ante igual conveniencia, la compra de alimentos y bebidas analcohólicos que no cuenten con sellos de advertencia. 

Se tiene previsto que la implementación de la medida tenga un plazo máximo de seis meses, con posibilidad de extenderse a 12 meses para pymes y firmas de la economía popular. En ambos casos, se establece una posibilidad de prórroga para casos justificados.

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