Caso Marcelo Porcel: El ADN como nuevo frente judicial y por qué la defensa busca frenar la extracción – GENTE Online
 

Caso Marcelo Porcel: El ADN como nuevo frente judicial y por qué la defensa busca frenar la extracción

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La defensa del empresario apeló a una ley antigua para evitar que su perfil genético sea registrado, pero una reforma de 2024 habilita la extracción incluso sin condena firme. El 28 de mayo será el día D en la Cámara de Apelaciones. Cómo sigue la causa a casi dos años de iniciada, mientras el procesado goza de libertad.

La negativa de Marcelo Eduardo Porcel (51) a que su perfil genético sea incorporado al Banco Nacional de Datos Genéticos volvió a poner el expediente en el centro de escena. Recordemos que la ley vigente impone la extracción de ADN en casos de delitos sexuales –incluso cuando no mediara penetración ni eyaculación– para los imputados, procesados y condenados.

Según explicó Pablo Hawlena Gianotti en diálogo con GENTE, "la defensa de Porcel se negó a la extracción invocando la ley anterior, que solamente la imponía en condenas firmes. Pero desde el 2024 esa ley se modificó y abarca también a los imputados y procesados".

La causa Nro. 36.627/ 2024 se inició el 5 de Julio de 2024.

Pero detrás de esa discusión judicial existe una causa mucho más amplia: diez menores denunciantes, peritajes psicológicos que hablan de relatos “coherentes y traumáticos”, dispositivos electrónicos bajo análisis, acusaciones de abuso sexual agravado y una investigación que expone una presunta dinámica de manipulación sostenida en el tiempo.

A continuación, las claves para abordar uno de los casos más sensibles y complejos de los tribunales criminales porteños.

El ADN como nuevo frente judicial: por qué la defensa de Porcel busca frenar la extracción

El último movimiento de la causa ocurrió después de que el juzgado ordenara incorporar el ADN de Marcelo Porcel al Banco Nacional de Datos Genéticos. La defensa presentó un recurso argumentando que esa medida sólo correspondería ante una condena firme y no durante la etapa de imputación.

Sin embargo, tanto la querella como la Fiscalía y la Defensoría de Menores rechazaron esa interpretación y sostuvieron que la normativa vigente también habilita la extracción en casos de imputados. El juez finalmente desestimó el planteo, impuso costas y concedió la apelación.

El fiscal señaló que "la medida no vulneraba el principio de inocencia", pues no constituía una sanción ni implicaba equiparar al imputado con una persona condena, sino que se trataba de una herramienta de política con mecanismos de resguardo, confidencialidad y eventual remoción de los datos".

Según consta en la causa, "el Sr Porcel se encuentra imputado prima facie en orden de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometidos contra mejores de trece años, aprovechando la situación de guarda, cometidos en forma reiterada respecto de diez damnificados, que concurren realmente entre sí, los que a su vez concurren en forma ideal con el delito de corrupción de menores de trece años y en al menos diez oportunidades".

Las denuncias de los menores señalaron un modus operandi que incluía cierta "mimetización" como si se trataran de pares, manipulación psicológica y abuso. “A mí me gustan los pibes que tienen códigos, los que saben cuándo callarse”, indicaron al menos dos víctimas al referirse a las estremecedoras frases que les decía el empresario.

Ahora será la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional la que deberá resolver el tema el próximo 28 de mayo mediante memorial escrito. El dato no es menor: la discusión sobre el ADN podría convertirse en un antecedente relevante sobre cómo se aplican las herramientas de identificación genética en investigaciones por delitos sexuales contra menores.

Diez víctimas y un patrón común: cómo describe la Justicia la dinámica denunciada

El procesamiento dictado el 6 de abril de 2026 es uno de los puntos más contundentes del expediente. Allí el juez consideró a Porcel “penalmente responsable”, sin prisión preventiva, de delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado contra diez menores de trece años, además de corrupción de menores y producción de representaciones sexuales de menores.

Según consta en la resolución, las conductas investigadas incluirían "tocamientos en zonas íntimas, exhibiciones obscenas y masajes de proyección erótica en los miembros inferiores, caderas, espaldas y hombros de los menores, con ofrecimientos de dinero, con imposición de consumo de alcohol y de secretismo".

El Tambo Campazú, el campo familiar de los Llorente –familia de la mujer del empresario–es una de las cuatro sedes de los supuestos abusos de Porcel.

Uno de los episodios más delicados mencionados en la causa señala que en el celular de Porcel se habrían encontrado imágenes de un menor desnudo tomadas mediante una cámara oculta instalada en un baño utilizado también por sus propios hijos.

La evidencia digital: celulares, chats y archivos borrados que podrían ser claves

Otro eje central del caso está puesto sobre los dispositivos electrónicos secuestrados. Durante los allanamientos, la Justicia incautó teléfonos Xiaomi y computadoras que actualmente continúan bajo peritajes informáticos.

Los informes técnicos ya incorporados al expediente hablan de conversaciones, imágenes y videos de interés para la causa, además de indicios de eliminación y ocultamiento de archivos. Los especialistas también advirtieron limitaciones técnicas y recomendaron ampliar el análisis digital para evitar pérdida de evidencia relevante.

Junto a su mujer, María Eugenia Llorente, a quien las víctimas han mencionado presente en algunos encuentros.

En investigaciones de delitos sexuales, el contenido tecnológico suele transformarse en un soporte decisivo para reconstruir vínculos, dinámicas de contacto y posibles patrones de conducta.

Qué dicen las cámaras Gesell y por qué son una prueba central

La causa también se sostiene sobre múltiples informes psicológicos y declaraciones realizadas en cámara Gesell. Según la documentación judicial, los profesionales concluyeron que los relatos de los menores resultaban “precisos, sinceros y compatibles con experiencias traumáticas”.

Los informes describen cuadros de angustia, ansiedad, vergüenza, miedo y síntomas compatibles con estrés postraumático. Además, recomiendan continuidad terapéutica para las víctimas.

Dentro del sistema judicial argentino, las cámaras Gesell tienen un peso determinante en causas que involucran menores porque buscan evitar la revictimización y preservar la calidad del testimonio. En este expediente, la coherencia entre los distintos relatos aparece como uno de los elementos que más fortalecieron el procesamiento.

De "diez lucas al que se pone en bolas" a "a mí me gustan los pibes que tienen códigos y saben cuándo callarse", eran algunas de las frases manipuladoras que les repetía Porcel y que denunciaron en la justicia a partir de cámaras Gesell.

Desde el inicio de la causa, la querella pidió en tres oportunidades la detención del empresario. Ninguno de esos pedidos prosperó. La Fiscalía no acompañó la solicitud y el juzgado mantuvo al imputado en libertad bajo restricciones.

Actualmente, Porcel tiene prohibido acercarse a las víctimas, a sus familias y a los testigos en un radio menor a 300 metros. También tiene prohibido salir del país, debe informar ausencias de su domicilio superiores a 24 horas y entregó su pasaporte.

La discusión sobre la prisión preventiva abrió un fuerte debate alrededor del criterio judicial aplicado en delitos sexuales contra menores. Mientras la querella sostiene que existe riesgo procesal y gravedad institucional, la Justicia entendió que las restricciones impuestas alcanzan para garantizar el proceso.





 
 

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