La Corte Suprema de Chubut no esperó. El mismo martes 14 de abril en que el juez de Garantías Alejandro Soñis dictaba la prisión preventiva contra Mariela Beatriz Altamirano y Maicol Kevin González –madre y padrastro de Ángel Nicolás López, el niño de cuatro años asesinado en Comodoro Rivadavia–, el máximo órgano de la provincia resolvió por unanimidad intervenir este martes al Equipo Interdisciplinario que le dio la tenencia del menor a su madre biológica para consolidar un proceso de revinculación.
La medida fue formalizada a través del Acuerdo Plenario N° 5659/2026, suscrito por los seis ministros del pleno –Andrés Giacomone, Javier Raidan, Silvia Bustos, Camila Banfi, Mario Vivas y Ricardo Napolitani–, tendrá una vigencia de 60 días y estará encabezada por la camarista María Marta Nieto, quien deberá realizar una auditoría y enviar informes semanales al tribunal superior.
A la tarea se sumarán la coordinadora técnica Valentina Kresteff y la funcionaria Gisela Ochoa. El objetivo explícito: determinar si los protocolos se cumplieron correctamente y si los organismos involucrados en la causa cumplieron sus funciones.

Quienes están bajo escrutinio son la psicóloga Jennifer Grisell Leiva, quien firmó para entregar al niño y habría alterado informes y la defensora de menores, quien no habría tenido en cuenta el bienestar de Ángel otorgándole la guardia a una familia casi desconocida para el menor y en una vivienda no apta.
Recordemos que Luis López, el padre de Ángel, afirmó que la profesional de salud mental mencionada había ignorado alertas, citando un video en el que incluso el niño lloró y se mostró muy angustiado ante la noticia de la revinculación. "Ella (la psicóloga) me empezó a faltar el respeto cuando le reclamé que había que cumplir los derechos de mi hijo y que tenía derecho a verme. No me aceptó nada", contó el hombre ante La Nación+.
Más de golpes, un edema cerebral y la palabra "voluntariamente"
Ángel ingresó al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia el domingo 5 de abril en paro cardiorrespiratorio. La autopsia preliminar, realizada por la forense Eliana Bévolo, encontró al menos 21 hematomas en el cuero cabelludo y lesiones internas compatibles con el llamado "síndrome del sacudón".
La causa de muerte: hipertensión endocraneana con edema cerebral difuso y generalizado, hemorragia subaracnoidea, herniación del tronco cerebral. Para los fiscales Facundo Oribones y Cristian Olazábal, la multiplicidad de lesiones en el cráneo "evidencia que los mismos fueron ocasionados voluntariamente".
En un video difundido por la madre del menor, donde conversaban con una familiar, el padrastro dijo que no había sido "más que un tirón de orejas". En un descargo previo a la prisión preventiva, dijo: "Somos inocentes. Si realmente hay algo que diga que yo le pegué, que lo muestren con las denuncias correspondientes".
La acusación sostiene que González fue quien aplicó los golpes. A Altamirano le atribuyen responsabilidad por omisión: habría presenciado el maltrato sostenido sin intervenir y tampoco buscó ayuda a tiempo. Por eso las imputaciones son distintas: homicidio simple para él, homicidio agravado por el vínculo para ella. Si fuera encontrada culpable en juicio, la pena sería prisión perpetua.

El cambio de tenencia de noviembre y la maestra que dejó constancia
Ángel vivió sus primeros años con su padre, Luis López. En noviembre de 2025, el juez de Familia Pablo José Pérez resolvió transferir la tenencia a la madre biológica, Altamirano, dentro de un proceso de revinculación. Ese mismo mes, la docente del Jardín de Infantes N° 413 de Comodoro Rivadavia, Sandra Jaramillo, elaboró un informe en el que dejó constancia de cambios de conducta en el menor. El documento coincide en el tiempo con el traspaso de custodia.

Roberto Castillo, abogado querellante que representa a la familia paterna, anticipó que iniciará acciones judiciales contra el juez Pérez y las psicólogas que participaron en el proceso de otorgamiento de tenencia por presunta corresponsabilidad estatal. La querella, en una presentación ampliada, ya denunció además que los acusados intentaron incinerar ropa del niño –posiblemente para eliminar pruebas– y extendió las acusaciones a funcionarios del servicio de protección local.
El interrogante que la intervención de 60 días no responde todavía es el más incómodo: si las señales de alerta existían –el informe de la maestra, los testimonios de vecinos sobre gritos y maltrato, el estado del niño cuando llegó al hospital–, qué falló en el filtro institucional que debía protegerlo.
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